Incapacitado un profesor que decía comunicarse con ordenadores por ondas cerebrales

Dos sentencias avalan la conclusión de que sufre trastorno de ideas delirantes permanentes. El afectado pidió que expertos del CNI y del Ministerio de Defensa declararan sobre esa tecnología

Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  1. Investigación sobre un profesor de la Complutense
  2. “Recibe y transmite información de modo inalámbrico”
  3. Pidió informes del CNI y de Defensa
  4. No está constatado en publicaciones de prestigio
  5. Finca ‘El Doctor’, del CNI
  6. En la capilla ardiente de Rubalcaba

 

“Brain-to-computer interfaces”, neurotecnología, biónica, red neuronal interpersonal... pero también Ministerio de Defensa y Centro Nacional de Inteligencia.

Todos estos conceptos aparecen citados en una sentencia que la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó hace unos meses sobre una resolución del Instituto Nacional de Seguridad Social, que declaró la incapacidad permanente absoluta de un profesor de la Universidad Complutense de Madrid.

El hombre que fue incapacitado recurrió primero ante el Juzgado de lo Social número 4 de Madrid, que desestimó su recurso, y después ante la Sala de lo Social del TSJ, que también rechazó sus pretensiones y confirmó la resolución.

En marzo de 2023 se dictó la resolución por la que se le declaró en situación de incapacidad permanente absoluta, derivada de enfermedad común, porcentaje del 100%, en base al dictamen de un equipo de valoración de incapacidades que determinó que sufría un trastorno de ideas delirantes persistentes de tipo grandioso y persecutorio.

Investigación sobre un profesor de la Complutense

Los hechos relatados son bastante confusos, y en parte rocambolescos.

No queda claro cómo se inició la evaluación sobre el estado psicológico de este hombre, que trabajaba como profesor contratado doctor interino de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid.

En la sentencia del TSJ de Madrid se recoge la petición que este profesor hizo para que en el relato de hechos de la sentencia de instancia se incluyeran ciertas precisiones.

En algún momento de 2020, la Inspección de Servicios de la Universidad Complutense abrió un expediente sobre el profesor. En esa investigación parece que se analizó, entre otras cuestiones, “la utilización de terminología sexual en sus clases” por parte del docente.

 

Pero también parece que él mismo comunicó “al rector y a otras autoridades académicas su situación, fue atendido por el servicio de prevención de riesgos laborales y medicina legal de la UCM, que mantuvo su prestación de servicios durante más de 6 meses, antes de emitir un certificado de no aptitud temporal para tramitar su baja por incapacidad temporal”.

Aunque cabe señalar que cita informe de 2019, por lo que la investigación interna sobre el profesor podría remontarse a ese año.

“Recibe y transmite información de modo inalámbrico”

“Lo que pretende el actor es que, tanto por la UCM [Universidad Complutense de Madrid] como por el INSS [Instituto Nacional de la Seguridad Social], se hubiera llevado a cabo una actuación dirigida a evidenciar que no tiene ideas delirantes”, se recoge en la sentencia, “sino que recibe y transmite información de modo inalámbrico y al efecto pretendía acreditar las acciones desarrolladas por el CNI [Centro Nacional de Inteligencia], Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior que le afecten o le hayan afectado, en relación con dicha interacción telepática”.

Aunque resulte sorprendente, la argumentación del profesor para tratar de desmontar que él sufra un trastorno de ideas delirantes persistentes se basó en que “lo que describen los servicios médicos, el INSS y el juzgado es una situación de interacción directa entre redes, sistemas de inteligencia artificial y su persona, a través de ondas o señales de radiofrecuencia y más concretamente de los sistemas BCI y BMI”.

Solicitó al Tribunal Superior de Justicia de Madrid que descartase en su caso la concurrencia de una incapacidad permanente absoluta.

Explicó que “se ha encontrado en una situación de conflicto real, no delirante, en distintos ámbitos, al margen del propio conflicto consistente en mantener una situación de baja sin asistencia sanitaria efectiva durante dos años, aludiendo a conflictos laborales y a los ámbitos en los que ha prestado servicios, desde KPMG Abogados, hasta empresas adscritas al Ministerio de Defensa o que suministran tecnología militar al Ministerio de Defensa”, y lamentó que de esa actividad “no se ha hecho ninguna comprobación en los informes médicos ni en el forense”.

Declaró estar siendo “usuario al tiempo que, en parte, víctima, de un uso ilícito de esta tecnología”, la “Brain-to-computer interfaces” o BCI, que supuestamente permite conectar un ordenador a las redes neuronales de una persona, de forma telepática, para que se produzcan intercambios entre la máquina y el cerebro de esa persona.

Aseguró que él no sufría ninguna patología que le impidiera trabajar como profesor de universidad, “sin perjuicio de que tenga algunas secuelas o molestias vinculadas al uso de tecnologías BCI, principalmente el insomnio, lo que no le impide trabajar”.

Pidió informes del CNI y de Defensa

Reprochó que durante el procedimiento por el que se le declaró incapaz, no se admitió su petición de que se aportaran informes de expertos del Ministerio de Defensa, del Centro Nacional de Inteligencia y del Ministerio de Sanidad sobre la supuesta incidencia de la tecnología BCI en su salud.

Por ello denunció que el Instituto Nacional de Seguridad Social podría haber atentado contra la libertad de expresión y libertad de cátedra, “si con sus diagnósticos están represaliando o no permitiendo una manifestación de un paciente relativa a la salud, de la que disienten”.

En ese sentido lamentó que “no se han querido comprobar en ninguna instancia, médica o del INSS, estas realidades”, sobre esas tecnologías que conectan el cerebro humano con ordenadores, “y que no es tan difícil en un ámbito como la universidad realizar una mínima pesquisa sobre los desarrollos tecnológicos concurrentes”, concluyendo que hay indicios suficientes de que se ha producido una represalia por el ejercicio de la libertad de expresión, a la libertad de cátedra y a la libertad de información.

En suma, concluyó que se le consideró “trastornado sin una mínima comprobación de los desarrollos tecnológicos”.

No está constatado en publicaciones de prestigio

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid estudió el recurso del profesor incapacitado y tuvo que pronunciarse sobre esa tecnología BCI o BMI (interfaces cerebro-ordenador o cerebro-máquina, se usan ambas expresiones).

“Estos sistemas BCI y BMI, que, efectivamente existen y suponen un importante avance científico, al día de hoy no hay noticia constatada mediante publicaciones de prestigio, de que funcionen a modo telepático mediante una conexión de ondas entre inteligencia artificial y humana”, concluyeron los jueces.

Entendieron que “es necesaria la utilización de distintas técnicas invasivas o no invasivas, precisando las primeras una intervención quirúrgica con instalación de algún tipo de electrodo u objeto similar dentro del cráneo, y las segundas se basan en la lectura de electroencefalogramas, mediante dispositivos aplicados en la superficie del cuero cabelludo”.

Así que, según recoge la sentencia, “en la actualidad no hay constancia de la existencia de ondas difusas que puedan penetrar en un cerebro humano sin la voluntad de la persona, que es lo que parece afirmar el actor le ha sucedido sin aportar prueba alguna al respecto, ni siquiera de publicaciones científicas que lo acrediten, sino que el demandante tendría que haberse sometido a una intervención quirúrgica, que difícilmente podría haber sido practicada, dado el todavía incipiente desarrollo de estas tecnologías, máxime sin una patología previa que lo justificara, o bien tendría que utilizar dispositivos externos, lo que hubiera descartado la atención médica y el proceso de incapacidad temporal y posterior declaración de incapacidad permanente absoluta”.

La conclusión de los jueces fue que la decisión de declararle incapacitado estuvo justificada, y aún más, que “si el actor consideraba que estaba sometido, voluntaria o involuntariamente, a los sistemas BCI y BMI, le hubiera sido muy sencillo ponérselo de manifiesto, simplemente con tomar la medicación que le prescribían y se negabaa ingerir, porque si tras ello no tenía mejoría, podía haber demostrado la existencia de una influencia externa, y, por lo demás también bastaba, para alcanzar un diagnóstico de sanidad, con alejarse de ella, apartándose del área de influencia de la misma, que atribuye a los organismos que cita y que, desde luego, hoy por hoy, en ningún caso podría alcanzar un área muy extensa”.

También sugirieron que “el recurrente puede explorar la posibilidad de mejorar su estado mediante la medicación, que puede resultar eficaz independientemente de que las ideas que llegan a su mente provengan de ondas externas, porque, en definitiva, actúan sobre los procesos químicos cerebrales, que resultan alterados y pueden volvera la normalidad con los fármacos adecuados, y, si comprueba empíricamente que no son eficaces, podría también acudir al neurólogo que tiene instrumentos médicos que comprueban las ondas cerebrales y si existe alteración en las mismas”

Pero no podía exigir este profesor “que en el procedimiento de incapacidad se realice una investigación sobre un tema tan novedoso y falto de evidencias científicas en cuanto a la influencia remota y difusa que postula el actor, para lo que, obviamente no están dotados, ni preparados, ni podrían en ningún caso realizarlo apartándose de su obligación de reconocer y diagnosticar a los trabajadores en relación con su capacidad laboral”.

Finca ‘El Doctor’, del CNI

Existen ya precedentes de personas que denuncian que se ha probado en ellos, o en otras personas que conocen, una tecnología que a través de ondas, sin contacto directo físico, interfiere en su cerebro.

Estas denuncias aisladas, por lo demás envueltas en detalles que minan cualquier atisbo de credibilidad, señalan en todo momento al Centro Nacional de Inteligencia como supuesto responsable de probar esta tecnología secreta.

Confidencial Digital ya contó el caso de un hombre que ha grabado vídeos junto a una finca en Manzanares (provincia de Ciudad Real), conocida como ‘El Doctor’ y propiedad del CNI, en la que él asegura que existe un Centro de Estudios de Propagación Radioeléctrica en el que el servicio de inteligencia tiene unas antenas que captan y emiten señales eléctricas, según él iguales a las que se producen en el cerebro humano.

Gracias a esas antenas “desde aquí se puede recoger todo lo que hablas o lo que ves”, afirma en uno de sus vídeos.

La teoría de ese hombre va más allá: que de este modo el Centro Nacional de Inteligencia puede hacer que una persona sufra sacudidas eléctricas, que note “un molesto pitido en los oídos”, e incluso “hablarte y oírlo como si tuvieras un pinganillo”.

“La forma de conectarse deduzco que debe ser a través de la telefonía común que todos utilizamos”, cuenta en el vídeo, en el que relata que con él utilizaron esta tecnología: “Me sacó hasta el ascensor en varias ocasiones”, “pueden producir inflamación de labios”, “te pueden jalear mientras estás con tu novia”, “te pueden hacer creer que tus vecinos están aporreando las paredes de tu casa”, “te pueden provocar fuertes sacudidas eléctricas”...

En la capilla ardiente de Rubalcaba

Lo que parece una más de las muchas teorías conspiranoicas que circulan por foros de Internet no sólo la sigue este hombre.

ECD tiene constancia de que con algunos medios de comunicación han contactado otras personas para denunciar un fenómeno similar: que (según relatan) el CNI utiliza unas señales u ondas eléctricas para interferir en el cerebro y provocarles ciertas reacciones físicas, algo que estaría entre la tortura y el intento de leer las mentes.

Sobre todo este asunto cabe apuntar otro dato. La persona que aparece en el vídeo mencionado contando su teoría sobre las fincas de Ciudad Real guarda un gran parecido físico (la cara, la voz) con un hombre que montó una escena en la capilla ardiente de Alfredo Pérez Rubalcaba.

Ocurrió en 2019, el mismo año que se subieron esos vídeos a YouTube. Al morir el ex vicepresidente, ex ministro y ex secretario general del PSOE, la capilla ardiente se instaló en el Congreso de los Diputados.

Cientos de personas hicieron cola para dar el último adiós a Rubalcaba. Al féretro y a la familia les acompañaban el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y otras autoridades.

Un hombre se paró delante del féretro, lanzó unos folios de papel al aire y dijo en voz alta que quería hablar con el presidente del Gobierno, con la ministra de Defensa o con el director del CNI, y que si no, no se movería de allí.

Sobre este asunto del “Centro de Estudios de Propagación Radioeléctrica” y su supuesta actividad secreta se han pegado carteles en las calles de Madrid, y han llegado consultas al Ministerio de Defensa al amparo de la Ley de Transparencia.

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