Varapalo a Defensa al no reconocer una muerte por covid como acto de servicio

La Audiencia Nacional anula la decisión del ministerio, que no consideró acreditado que un guardia civil fallecido se contagiara en su puesto de trabajo de atención al público

Margarita Robles, en un acto de la Dirección General de la Guardia Civil (Foto: Eduardo Parra / Europa Press).
Margarita Robles, en un acto de la Dirección General de la Guardia Civil (Foto: Eduardo Parra / Europa Press).
  1. Recurso ante la Audiencia Nacional
  2. Seguridad y custodia en unos juzgados
  3. Atención al público al inicio de la pandemia
  4. “Cualquier otra circunstancia ajena al servicio”
  5. “Ni siquiera un enlace” entre su trabajo y el contagio
  6. No declararon otros contagiados
  7. Personas contagiadas con las que coincidió
  8. Dos trabajadoras con covid
  9. Sí hay nexo causal
Margarita Robles, en un acto de la Dirección General de la Guardia Civil (Foto: Eduardo Parra / Europa Press).
Margarita Robles, en un acto de la Dirección General de la Guardia Civil (Foto: Eduardo Parra / Europa Press).

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha enmendado la plana al Ministerio de Defensa, e incluso al Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 3, y ha declarado que la muerte de un guardia civil en 2020, contagiado de coronavirus, debe ser considerada como acto de servicio.

La ministra de Defensa, Margarita Robles, dictó el 23 de septiembre de 2021 una resolución que declaró que el fallecimiento de este guardia civil en situación de reserva no se produjo en las circunstancias ni con las condiciones necesarias para poder ser considerado en acto de servicio.

Cabe apuntar que una muerte en acto de servicio supone una pensión económica más alta para la familia del fallecido.

La Guardia Civil, en su condición de fuerza de seguridad de naturaleza militar, tiene una doble dependencia de los ministerios de Defensa e Interior. En materia de personal, Defensa se encarga del régimen de ascensos y situaciones administrativas, lo que explica que fuera este ministerio el encargado de decidir sobre la petición de reconocimiento de esta muerte como acto de servicio, que se entiende que hizo la viuda del fallecido.

Recurso ante la Audiencia Nacional

La solicitante presentó un recurso de reposición contra esa primera resolución de la ministra de Defensa. La ministra desestimó ese recurso el 4 de abril de 2022.

Entonces la familia del guardia civil acudió a la justicia. Interpuso un recurso ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 3, que el 11 de julio de 2022 lo desestimó.

Por un nuevo recurso, de apelación, el caso llegó ante la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Seguridad y custodia en unos juzgados

En la sentencia dictada por los magistrados de esa sección se relatan los hechos desde su origen.

El fallecido era un guardia civil, ya en situación de reserva, que estaba destinado en los Juzgados de Navalmoral de la Mata (Cáceres), donde desempeñaba, según su hoja de servicios, funciones de protección, seguridad y custodia en edificios judiciales.

 

Este guardia civil presentó el 17 de marzo de 2020 los primeros síntomas compatibles con el coronavirus. Hay que recordar que el 14 de marzo el Consejo de Ministros aprobó declarar el estado de alarma por la crisis sanitaria del coronavirus, y decretó el confinamiento domiciliario de la población.

El protagonista de este caso fue dado de baja el 20 de marzo. Se aisló en su domicilio, pero el día 21 ya tuvo que ser ingresado en un hospital, donde le hicieron una prueba y dio positivo en Covid-19.

Del primer hospital, el de Campo Arañuelo (en Navalmoral de la Mata) fue trasladado el día 25 de marzo al Hospital Virgen del Puerto de Plasencia, también en la provincia de Cáceres.

Ingresó en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI). Dos semanas después, el 7 de abril, falleció.

Atención al público al inicio de la pandemia

Cuando se instruyó el expediente sobre si la muerte del agente debía ser considerada acto de servicio, se revisaron los partes de servicio y se comprobó que el guardia civil había prestado servicio los días 13, 16, 17, 18 y 19 de marzo.

Hay que recordar que en esas fechas los contagios por coronavirus en España crecían a un ritmo alarmante, justo antes y después de que el Gobierno de Pedro Sánchez declarara el estado de alarma para intentar hacer frente a la crisis sanitaria con medidas y recursos excepcionales.

El teniente coronel jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Cáceres emitió un informe en el que reflejó que este guardia civil “se encontraba en situación de reserva destinado en la sede judicial de los Juzgados de Navalmoral de la Mata (Cáceres), realizando labores de atención al público, siendo el único componente del cuerpo que prestaba sus servicios en ese lugar”.

En ese informe indicó que por su puesto de trabajo “transitaban a diario infinidad de personas con las que el guardia civil podría haber tenido algún tipo de contacto, desde personal civil, pasando por abogados, procuradores, hasta los propios jueces titulares de dichos juzgados”.

“Cualquier otra circunstancia ajena al servicio”

Al tramitarse el expediente en el Ministerio de Defensa sobre la muerte de este guardia civil, la Subsecretaría de Defensa ordenó a la Junta Médico Pericial Superior que emitiera un informe pericial para evaluar mejor las circunstancias del fallecimiento.

Esta junta tiene competencias sobre las Fuerzas Armadas, la Guardia Civil y el Centro Nacional de Inteligencia.

“La causa fundamental del fallecimiento del guardia civil fue el fracaso multiorgánico derivado de una neumonía bilateral compatible con infección por coronavirus (Covid-19)”, dictaminó la Junta Médico Pericial Superior.

En su informe, señaló que “resulta factible que el fallecido se hubiera podido contagiar durante las actividades reseñadas en el informe del instructor obrante en el expediente, pero también bajo cualquier otra circunstancia ajena al servicio, sin poderlo concretar con certeza”.

Así que su conclusión fue que “no es posible determinar de forma fehaciente si las causas que originaron el fallecimiento del citado guardia civil están directamente relacionadas con las condiciones del servicio”.

“Ni siquiera un enlace” entre su trabajo y el contagio

Finalmente, Margarita Robles dictó una resolución en la que señaló que “habida cuenta de la documentación obrante en el expediente y de lo dictaminado por la Junta Médico Pericial Superior […], no es posible apreciar de forma directa e indubitada la existencia de una relación causa-efecto entre la enfermedad que motivó el fallecimiento del interesado y las vicisitudes del servicio”.

Es más, según la resolución de la ministra, “ni siquiera es posible establecer un enlace, siquiera tenue, entre el origen de la enfermedad que contrajo el fallecido y otros sucesos fácticos acaecidos en el ejercicio de sus funciones que hubieran permitido, en caso de constatarse, reforzar la presunción de que el contagio se produjo en acto de servicio”.

Añadió que “del examen de la prueba practicada no se constata que en la unidad en la que prestaba sus servicios el guardia civil se hubieran detectado otros casos de contagios de Covid-19 durante las fechas previas y posteriores a su ingreso en el hospital donde falleció, de los que pueda presumirse sólidamente que la enfermedad se contrajo mientras desempeñaba las funciones propias de su profesión y que hubieran permitido evidenciar la relación causa-efecto exigible por la normativa aplicable”.

No declararon otros contagiados

El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 3, que dio la razón al Ministerio de Defensa y no a la familia del fallecido, corroboró en su sentencia la conclusión de la Junta Médico Pericial Superior de que “efectivamente, resulta factible y posible que el fallecido se hubiere podido contagiar durante las actividades y funciones propias de su profesión, pero también bajo cualquier otra circunstancia ajena al servicio, sin poderlo concretar con certeza”.

Ese juzgado denegó en el proceso que prestaran declaración como testigos otras personas que trabajaban en el mismo juzgado de Navalmoral de la Mata que el guardia civil fallecido, y que en esas fechas de marzo de 2020 también se contagiaron de coronavirus: una vigilante de seguridad, una funcionaria judicial…

Consideró que esos testimonios difícilmente podrían aportar algo relevante para determinar el origen del contagio del guardia civil, ya que “las formas y medios de contagio son difusos y heterogéneos. Ninguna prueba determinante del contagio de su marido presenta la parte recurrente para que, sin lugar a duda, pueda establecerse la relación de causa a efecto entre el contagio en el lugar de trabajo y el fallecimiento de éste por Covid-19. Pudo contagiarse en el trabajo, pero también pudo contagiarse en cualquier otro sitio, en la calle, un supermercado, gimnasio o en su propio domicilio”.

Personas contagiadas con las que coincidió

Al analizar este caso, la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional tuvo en cuenta que cuando se tramitó el expediente en el Ministerio de Defensa sobre la muerte de este guardia civil, la Asesoría Jurídica General de la Defensa solicitó la incorporación de cuanta información resultara oportuna al objeto de acreditar la existencia de una relación causa-efecto entre el servicio desempeñado por el personal de la Guardia Civil fallecido y la enfermedad que motivó dichos fallecimientos.

En particular, “procedería unir a los expedientes, al menos, documentos en los que consten o se acrediten las fechas de aparición de los síntomas, pruebas de detección del virus realizadas, bajas médicas, o identidad de las personas contagiadas con las que los fallecidos coincidieron mientras desempeñaban funciones propias del servicio, indicando fechas y lugares concretos en que dicho contacto se hubiera producido”.

Pero el único informe sobre las personas contagiadas fue el del jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Cáceres que habló de la “infinidad de personas con las que el guardia civil podría haber tenido algún tipo de contacto, desde personal civil, pasando por abogados, procuradores, hasta los propios jueces titulares de dichos juzgados”.

Los magistrados de la sección entendieron que esa “infinidad” de personas “pone de manifiesto la posibilidad efectiva de infección en un puesto de trabajo que precisamente conlleva la atención y relación con el público en general que acude a los órganos judiciales y con los propios jueces, funcionarios y personal que prestaba servicios en los mismos y, además, en unas concretas fechas en las que no se disponía de medios ni medidas de protección”.

Así que declararon no estar de acuerdo con la decisión del juez de denegar esas pruebas.

Dos trabajadoras con covid

La Sección Quinta, cuando tuvo que resolver el recurso, decidió recabar esa información.

Pidió al Juzgado Decano de Navalmoral de la Mata que certificara “el número de jueces, fiscales, letrados de la Administración de Justicia o personal que prestaba servicios en la sede de los juzgados en el año 2020 y que estuvieron de baja o en cuarentena por síntomas compatibles por Covid-19, o con prueba positiva de Covid-19, o por contacto directo con persona contagiada de Covid-19, desde el día 14 de marzo de 2020 hasta la fecha de fallecimiento del guardia civil el día 7 de abril de 2020”.

“Del exhorto cumplimentado remitido por el Juzgado Decano de Navalmoral de la Mata resultan elementos suficientes que permiten sustentar la precisa relación causal entre el desempeño del servicio” por parte del guardia civil “y su fallecimiento por Covid-19; servicio caracterizado precisamente por la atención al público en unas fechas en las que con toda virulencia y gravedad se manifestó la pandemia, no existiendo medios ni medidas de protección frente al virus”.

Se certificó que una funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal en un juzgado, y una trabajadora de la empresa de seguridad, que prestaba servicios en la puerta de acceso al juzgado, tuvieron síntomas de covid “en fechas plenamente compatibles con la infección por coronavirus del guardia civil.

Es más, la vigilante de seguridad trabajaba en la puerta de acceso a los juzgados, “lo que indica además concordancia en los cometidos y situación física” con el guardia civil, dedicado a servicios de atención al público en funciones de protección, seguridad y custodia en edificios judiciales.

Sí hay nexo causal

En base a esa información, la Audiencia Nacional consideró que “se puede afirmar con el suficiente grado de certeza la concurrencia del preciso nexo causal entre el desempeño” por el guardia civil en la reserva “de las concretas funciones de atención al público y seguridad en el edificio de los Juzgados de Navalmoral de la Mata y su fallecimiento por Covid-19 en uno de los periodos de mayor virulencia de la pandemia, caracterizado además por la ausencia de medios de protección frente al virus”.

Destacó que “por parte de la Administración tampoco se ha acreditado -ni alegado- la adopción de concretas medidas de protección en un puesto que conllevaba específicamente un contacto directo y constante con el público, así como con los funcionarios, con los titulares de los órganos jurisdiccionales y con el restante personal que desempeñaba sus funciones en dicha sede”.

Según argumentó en la sentencia, “el juicio causal entraña un análisis lógico y racional de la totalidad de datos y elementos concurrentes, análisis que en el caso que nos ocupa conduce, sin necesidad de ninguna consideración sobre las demás cuestiones suscitadas, a la revocación de la sentencia apelada y la estimación del recurso contencioso-administrativo en cuanto al discutido nexo causal, declarando que el fallecimiento” del guardia civil “deriva directamente de enfermedad contraída en acto de servicio o como consecuencia del mismo, conos efectos legales inherentes a esta declaración”.

Margarita Robles, en un acto de la Dirección General de la Guardia Civil (Foto: Eduardo Parra / Europa Press).
Margarita Robles, en un acto de la Dirección General de la Guardia Civil (Foto: Eduardo Parra / Europa Press).

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