El Congreso de Lujo avalado por la legalidad y corrección jurídica por el letrado mayor del Consejo de Estado

El Congreso de Lujo avalado por la legalidad y corrección jurídica por el letrado mayor del Consejo de Estado

En el marco del mes de julio, el Letrado Mayor del Consejo de Estado, D. José Antonio García-Trevijano Garnica, ha avalado la corrección jurídica de las actuaciones del Consorcio en una declaración que reafirma la legalidad y la transparencia del proceso de contratación del Congreso de Lujo. Este dictamen responde a las atenciones surgidas en torno a la organización del destacado evento, que tuvo lugar entre el 16 y el 18 de noviembre de 2022.

El dictamen emitido por el Letrado Mayor analiza exhaustivamente el proceso de contratación del Congreso de Lujo, asegurando que se han respetado todas las exigencias legales aplicables, especialmente las normas de igualdad, no discriminación, transparencia, publicidad y libre concurrencia, conforme a lo establecido en el artículo 321 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP).

Repasamos el cumplimiento de las exigencias legales del Congreso de Lujo

En la examinación del Congreso de Lujo, se analizaron las exigencias de un contrato establecidas en el artículo 321 de la Ley de Contratos del Sector Público, evaluando su cumplimiento integral. En este contexto, el primer requisito dispone que el anuncio de licitación debe publicarse en el perfil del contratante de la entidad. En este caso, el dictamen concluye que se cumplió adecuadamente con la publicidad exigida, ya que las publicaciones se realizaron tanto en el perfil del contratante como en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).

A continuación, se requiere asegurar que el plazo de presentación de ofertas sea razonable. Las publicaciones se hicieron el 28 de octubre y el 2 de noviembre de 2022, otorgando un plazo suficiente para la presentación de propuestas, cumpliendo incluso con los plazos más largos previstos en situaciones de urgencia.

Asimismo, el tercer requisito estipula que la adjudicación debe recaer en la mejor oferta en atención al precio. En este caso, se confirma que el único criterio de adjudicación fue el precio, y se rechazó cualquier oferta que excediera el importe estipulado, cumpliendo así con el principio de adjudicación equitativa.

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El cuarto requisito exige que la adjudicación se motive y publique. El decreto de adjudicación del 14 de noviembre de 2022 estuvo claramente motivado y se publicó tanto en la Plataforma de Contratación como en el DOUE.

Finalmente, se debe garantizar la libre concurrencia. Aunque se siguió un procedimiento negociado, se dio la debida publicidad al proceso, permitiendo la participación de cualquier entidad cualificada, lo que fue avalado por la Secretaría General del Consorcio.

Cabe destacar que, en cuanto a la justificación del procedimiento de urgencia, el Letrado Mayor también lo consideró como válido hacia el Congreso de Lujo. La urgencia quedó acreditada debido a las necesidades inaplazables relacionadas con la alta ocupación hotelera, la disponibilidad limitada de ponentes y empresas de servicios en el mes de diciembre, así como el interés público de realizar el evento en las fechas programadas.

Sobre el Congreso de Lujo: validez del procedimiento negociado con publicidad

El Congreso de Lujo, organizado por el Consorcio Sur de Gran Canaria para la Televisión Digital Terrestre Local Demarcación de Telde, tuvo como objetivo principal cubrir las necesidades formativas del personal de los Ayuntamientos integrantes del Consorcio y promover el turismo congresual en la región. El evento reunió a destacados ponentes y participantes, posicionando a Gran Canaria como un destino preferente para eventos de alto nivel.

A la par, aún cuando en un inicio se contempló un procedimiento negociado sin publicidad, la Secretaria General del Consorcio propuso un procedimiento con publicidad, garantizando así una mayor transparencia y rigor. El anuncio de licitación se publicó correctamente en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y en el perfil del contratante, cumpliendo con todas las normativas de publicidad aplicables.

De esta manera, se concluye el dictamen, señalando que el Consorcio ha cumplido con todas las exigencias legales y procedimentales, tanto las específicas para su tipo de entidad como las aplicables a las Administraciones Públicas: “No se aprecian infracciones en ninguna de las fases del proceso de contratación, reafirmando la corrección y legalidad del mismo”.