Cuánto se tarda en cobrar una herencia sin testamento

El derecho a una herencia y los plazos si no hay testamento

Cuánto se tarda en cobrar una herencia sin testamento

La tramitación de una herencia sin testamento es un aspecto que preocupa a la mayoría de los herederos. No saber cómo actuar si se produce esta circunstancia, así como saber cuál el plazo de tiempo para el cobro, son dos temas de interés que vamos a tratar en esta publicación.

Cuando una persona fallece, puede ocurrir que no haya dejado testamento, por lo que será necesario el acta de declaracion de herederos. Este procedimiento determina quiénes son las personas legítimas que pueden acceder a estos bienes. Este trámite tiene que realizarse en un notario, quien aplicará lo establecido en el Código Civil y las consideraciones de la legislación de cada comunidad autónoma.

El derecho a una herencia y los plazos si no hay testamento

Los derechos de sucesión se transmiten desde el momento de la muerte del causante, según indica el Código Civil. Sin embargo, el proceso se agiliza cuando existe un testamento por medio, puesto que dicha persona ya decidió previamente cómo se haría este reparto.

En el caso contrario, es la ley la que reconoce la herencia legítima, por lo que el plazo para cobrar podría alargarse. El tiempo habitual suele estar entre 20 días a un mes, pero, en algunos casos, se dilata durante meses, incluso años, según las características y condicionantes de la misma.

Requisitos para tramitar la declaración de herederos

En primer lugar, como hemos indicado al principio, hay que realizar la declaración de herederos si no aparece testamento. Este procedimiento legal sirve para saber quién tiene derecho a cobrar esta herencia.

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Las personas que pueden solicitar este documento son los descendientes, ascendientes, el cónyuge, parientes colaterales o pareja de hecho, si así lo recoge la comunidad autónoma. Si la persona fallecida no cuenta con familiares o personas reconocidas en esta línea de sucesión, la herencia se quedará en el Estado. Veamos algunos de los requisitos necesarios para instar a la declaración de herederos.

  • El certificado de defunción que acredite el fallecimiento de la persona.
  • El DNI del fallecido o su certificado de empadronamiento.
  • El certificado de las últimas voluntades del causante para dejar constancia de que no existe testamento.
  • El certificado de matrimonio de la persona difunta si estuviera casada.
  • El certificado de nacimiento de los hijos o parientes del difunto.

Documentación necesaria para la entidad bancaria

La entidad bancaria solicitará una copia autorizada de la declaración de herederos, la identificación personal con el DNI o NIE y el certificado de defunción. Además, es necesario estar al corriente del pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En el plazo de un mes, el tiempo que tiene el banco para comprobar y verificar todos los documentos, es cuando se traspasa el dinero a la cuenta que corresponda.

En definitiva, esperamos haber resuelto las posibles dudas sobre cómo cobrar una herencia sin testamento. Sin embargo, para obtener más información, o si tienes dudas, lo más conveniente es ponerse en manos de abogados especializados, como JC Serranos Abogados, una firma con una reputación intachable, que está especializado en este servicio jurídico.