La Asamblea admite las mociones de PSOE y Más Madrid contra Ayuso

La cuestión a dirimir es qué iniciativa se ejecutó primero: el decreto de disolución de la Cámara y convocatoria de elecciones de la presidenta madrileña o el registro de la moción de censura en la Asamblea madrileña.

Isabel Dïaz Ayuso

Madrid está pendiente este miércoles de un embrollo jurídico que determinará el futuro político de la región. La presidenta de la comunidad, Isabel Díaz Ayuso, ha disuelto la Asamblea para convocar elecciones anticipadas, pero la ley le impide hacerlo si se está tramitando una moción de censura contra ella. El grupo Más Madrid asegura que han hecho justamente eso y haber sido más rápidos que la presidenta. De tener razón, Ayuso podría ser depuesta sin posibilidad de asegurarse su continuidad en las urnas.

Pocos minutos después de que se conociera la decisión de la presidenta, Íñigo Errejón, fundador de Más Madrid, ha anunciado en Twitter que su grupo en la Cámara madrileña había registrado la moción. Más tarde se han sumado a esta iniciativa los socialistas, que proponen a Ángel Gabilondo como candidato a la presidencia.

La clave está en el artículo 21.2 del Estatuto de Autonomía de Madrid, que reza “el presidente no podrá acordar la disolución de la Asamblea […] cuando se encuentre en tramitación una moción de censura”. La cuestión a dirimir en estos momentos es qué iniciativa se ejecutó primero: el decreto de disolución de la Cámara y convocatoria de elecciones de la presidenta madrileña o el registro de la moción de censura en la Asamblea madrileña.

El PP sostiene que Ayuso firmó el decreto poco antes de las 12.00, mientras que los grupos de la oposición en la Asamblea registraron las mociones de censura en el Parlamento regional después de las 13.00, primero Más Madrid a las 13.04. De esta manera, sostiene el PP, se diluye cualquier duda sobre legal sobre el adelanto electoral. Sin embargo, el debate puede estar en si, con esa firma, es suficiente para considerar que el adelanto electoral es válido o es necesario que el decreto esté publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Más Madrid aseguran que el decreto de disolución de la Cámara y la convocatoria electoral no tiene validez jurídica, ya que no vale la mera firma, sino que es necesaria la publicación en el boletín oficial de la Comunidad, el BOCM. Más Madrid se apoya en la letra de la ley autonómica que desarrolla la facultad de la presidenta para disolver la Asamblea. “El Decreto de disolución se publicará en Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y entrará en vigor en el momento de su publicación”, dice el artículo 2 de la Ley 5/1990.

De tener razón la oposición, lo que primaría el registro en la Asamblea de las mociones de censura, que tendrían que debatirse y abortaría los planes de Ayuso. Pero otra duda es si el movimiento de Más Madrid está completado con la mera presentación de la moción ante la Mesa de la Asamblea. Para bloquear la acción de la presidenta el Estatuto de Autonomía Madrileño, exige que se esté produciendo la “tramitación” de una moción.

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Esto es lo que dice el artículo 21.2 del Estatuto: “El Presidente no podrá acordar la disolución de la Asamblea durante el primer período de sesiones de la legislatura, cuando reste menos de un año para la terminación de la legislatura, cuando se encuentre en tramitación una moción de censura o cuando esté convocado un proceso electoral estatal. No procederá nueva disolución de la Asamblea antes de que transcurra un año desde la anterior”.

¿Qué se entiende por tramitación de una moción de censura? Para cualquier acto legislativo los diputados madrileños deben acudir a una pequeña oficina junto al salón de plenos, el servicio de registro de la Asamblea. Allí siempre hay un funcionario que recibe los escritos, los sella y pasa una copia al diputado. Es a las 13.04 cuando Más Madrid completa ese requisito. Después ese documento debe llegar a la Mesa de la Asamblea para que lo admita a trámite. Una pista lo puede dar el presidente de la Asamblea, Juan Trinidad, de Ciudadanos, que ha citado a los grupos de la oposición de forma urgente.