Un antidisturbios de la Policía logra un plus salarial por ejercer de jefe de equipo

La Dirección General le tiene que compensar por haber asumido durante dos años un puesto de mando en la Vª UIP de Málaga

Policías antidisturbios, ante un barricada en Puerto Real (Cádiz) durante la huelga en la industria del metal.
  1. Jefe de equipo operativo de los antidisturbios
  2. Sí cumplía los requisitos
  3. Certificado del jefe de la Vª UIP
Varios agentes 'antidisturbios' de la Policía Nacional en un dispositivo en Pamplona.

Los casos de funcionarios que ejercen las funciones de un puesto superior que aquel en el que ellos están destinados son habituales en los tribunales, ya que buena parte de estos empleados públicos pelean para cobrar el salario de ese puesto superior.

Un caso reciente de este tipo de peleas judiciales lo protagonizó un agente de la Policía Nacional, destinado en la Unidad de Intervención Policial con base en Málaga, la Vª UIP.

Su puesto de trabajo oficial era de “Personal Operativo Unidad de Intervención Policial”, en esa unidad antidisturbios de la Policía Nacional.

Pero resulta que entre mayo de 2018 y agosto de 2020 estuvo desempeñando un puesto superior, de “Jefe Equipo Operativo Unidad Intervención” en la Comisaría Provincial de Málaga.

Jefe de equipo operativo de los antidisturbios

Ese puesto de jefe de equipo operativo dentro de la Vª UIP de Málaga (unidad conocida con el indicativo ‘Gamo’) lo debía ocupar, formalmente, un oficial de policía, es decir, un escalón por encima de policía, dentro de la Escala Básica.

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Además, ese puesto suponía un nivel 20 de Complemento de Destino, mientras que el puesto oficial del agente como “Personal Operativo Unidad de Intervención Policial” era de nivel 18.

El policía que ejerció ‘provisionalmente’ de jefe de equipo operativo de los antidisturbios decidió reclamar a la Dirección General de la Policía que le abonara la diferencia entre las cantidades que había cobrado en ese período de tiempo -de mayo de 2018 a agosto de 2020- en los conceptos de complemento específico en su componente singular, complemento de destino, productividad y nivel, y los conceptos que cobraría un oficial de policía que ejerciera de jefe de equipo operativo de la Unidad de Intervención Policial en la Comisaría Provincial de Málaga.

El jefe de la División de Personal de la Dirección General de la Policía desestimó la solicitud de abono de la diferencia entre ambos salarios, el que cobró por el puesto que formalmente ocupaba, y el del puesto superior que ejerció en la práctica durante dos años.

Sí cumplía los requisitos

El policía interpuso un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Los magistrados de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid analizaron la normativa sobre el régimen retributivo en la Policía Nacional, así como la jurisprudencia que anteriormente ha resuelto casos similares sobre funcionarios que asumen, aunque no oficialmente, las tareas de un puesto superior.

Concluyeron que “en el presente proceso la parte recurrente ha acreditado que cumple todos y cada uno de los requisitos precisos para ser acreedor de la retribuciones reclamadas en los términos que acoge la doctrina legal expuesta”.

Certificado del jefe de la Vª UIP

Tuvieron en cuenta como prueba que el inspector jefe de la Vª UIP, de Málaga, certificó que ese policía había estado desempeñando el puesto de jefe de equipo operativo desde el 3 de mayo de 2018 hasta el 31 de agosto de 2020.

“Ha de concluirse que las funciones que dice la parte actora haber desempeñado, en el período a que se contrae la reclamación efectuada, fueron, efectivamente, las que afirma”, que fueron en concreto las de “Jefe Equipo Operativo Unidad Intervención” en la Comisaría Provincial de Málaga pese a que formalmente estaba adscrito al puesto de trabajo de “Personal Operativo Unidad Intervención Policial”.

Para el tribunal, “la consecuencia de tal hecho es que debe reconocérsele su derecho a la percepción de las retribuciones correspondientes al puesto de trabajo efectivamente desempeñado en los términos expuestos”.

Así que estimó el recurso del agente y ordenó a la Dirección General de la Policía que le abonara la diferencia entre el sueldo que cobró y el que hubiera recibido un oficial de policía en ese puesto, en las cuantías del complemento específico en su componente singular, complemento de destino y productividad asignados al puesto de “Jefe Equipo Operativo Unidad Intervención” en la Comisaría Provincial de Málaga.

Un policía nacional de las UIP, con un fusil.