Un mal remedio contra la inflación legislativa

  El exceso de leyes y su falta de calidad son problemas recientes, que poco tienen que ver con el clásico debate sobre las dimensiones de las reglas generales y el riesgo de que limiten la iniciativa ciudadana: la dialéctica de planificación contra libertad que estuvo en el origen del neoliberalismo.

    Escuché por ver primera en 1958 una referencia a la inflación legislativa al profesor Federico de Castro, cuando era alumno de segundo de Derecho en la Facultad de Madrid. Por entonces, el término inflación se había hecho popular en el contexto de la necesidad para España de un plan de estabilización económica, amparado por expertos foráneos para superar los males derivados de la autarquía propugnada hasta entonces por el régimen franquista. Pero a Castro le preocupaba la inflación jurídica, porque se legislaba y decretaba ya en demasía. 

    En las estanterías de los despachos jurídicos de la época no solían faltar dos nombres propios: Alcubilla y Aranzadi. Este último añadía cada año dos tomos, uno sobre jurisprudencia y otro sobre disposiciones generales. Ambos iban forjándose con entregas periódicas que acabarían en bellos volúmenes en la clásica encuadernación española: más de una vez fui a buscarlos a la imprenta Peña en la calle de la Bola, que no sé si seguirá existiendo. Años después, antes aún de la Transición, vi cómo aquel repertorio normativo se multiplicaba por cinco. Cómo no añorar la técnica jurídica de aquella ley “provisional” del registro civil de 1870, que seguía vigente cuando comencé mis estudios: todo un ejemplo de la denostada “incuria liberal”, tópico de la época.

    Por aquellos años aprendí también un proverbio recogido por Cicerón en su interesante De officiis: summum ius, summa iniuria. Viene a la memoria ante aparentes o reales injusticias que se producen en los Estados como consecuencia de normas bien intencionadas pero mal construidas. Pasa en las mejores familias. Antes de ponerme a escribir, he leído un comentario de Michel Guerrin, redactor jefe de Le Monde, sobre el bono cultural para los jóvenes: aumenta las desigualdades que trataba de corregir. No es necesario, pues, reiterar las consecuencias deseadas o no de algunas reformas recientes del código penal español o de leyes sobre paridad.

    En cierta medida, y tal vez sin ser consciente del fondo doctrinal, Pedro Sánchez va a tener razón en la praxis de gobernar sin apoyo legislativo. Como si hubiera resucitado Montesquieu y su división de poderes, tras la muerte decretada en su día por Alfonso Guerra.

    A diferencia del sistema uninominal británico, la proporcionalidad imperante en la mayor parte de los países europeos cuaja en los últimos tiempos en gobiernos en minoría o de coalición, porque ningún partido obtiene mayoría absoluta. Sin llegar al clásico riesgo de la frecuente cuestión de confianza planteada en Italia como peaje de la aprobación parlamentaria de algunas leyes, lo cierto es que, con frecuencia, un gobierno no tiene a priori mayoría para sacar adelante proyectos. Es preciso negociarlos caso a caso. Y no siempre se llega a un consenso: se impone la espera y seguir aplicando las normas vigentes, aunque se desearía reformarlas.

    Esta situación, lejos de ser negativa, puede mejorar la convivencia democrática, porque invita a pensar mucho más cada norma, aparte de reducir la inflación jurídica. Sobre un mismo problema social –importante- se han promulgado tantas normas en los últimos tiempos que es difícil a veces saber qué está vigente y qué no: el ciudadano común piensa que no se conoce a fondo la realidad y no están bien establecidos los objetivos, ni los medios para alcanzarlos.

    A título de ejemplo, un periodista especializado en el país vecino se refiere a las 49 leyes promulgadas en Francia relacionadas con emigración y asilo. Puede exagerar, pero estima que para leer las vigentes en enero de 2022 (13,8 millones de palabras), un buen lector (300 palabras por minuto) tardaría 32 días sin parar. Y más de 102, si se añaden los decretos. Aparte de la inseguridad jurídica, encierra una invitación al sosiego normativo, que la actual falta de mayoría parlamentaria puede y debe favorecer en Francia.

    Al cabo, como recomendaba Solón, uno de los padres de la democracia de Atenas, nada con exceso, todo con moderación.

 
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