Competencia empujó al Ejército a dividir en lotes una compra de uniformes por 163 millones

Tierra defendió las ventajas de adjudicar el total a una sola unión temporal de empresas (UTE). Tras un informe de la CNMC, ha compartimentado la licitación en 20 partes

Uniformes de segunda mano del Ejército español.
Uniformes de segunda mano del Ejército español.
  1. Licitación de 2025 a 2029
  2. Informe de la Sección de Vestuario
  3. Los “riesgos” de dividir en lotes
  4. Uniformes, botas, boinas...
  5. Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
  6. El Corte Inglés, FECSA, Iturri...
  7. Sospechas de prácticas anticompetitivas
  8. “Nula concurrencia y competencia en precios”
  9. “Sería conveniente optar por la división en lotes”
  10. Contratos similares de Armada, Guardia Civil, Policía...
  11. A favor de varios adjudicatarios
  12. Incentivar la participación de más empresas
  13. “Puede ocultar acuerdos anticompetitivos”
  14. Excluía a “la inmensa mayoría de las pymes”
  15. Ojo a las UTEs

La Junta de Contratación del Ejército de Tierra ha lanzado este mes de julio en la plataforma de Contratación del Estado el anuncio previo de un “Contrato plurianual fabricación y distribución mediante el sistema personalizado vía internet, pedidos extraordinarios, o bien sistema tradicional de artículos correspondientes al equipo básico, equipo de combate y uniformidad de trabajo”.

Se trata de un amplísimo contrato, con un presupuesto base de licitación (con impuestos) de 163,63 millones de euros y un valor estimado (el importe máximo del acuerdo marco) de 297,5 millones de euros.

La licitación está dividida en 20 lotes, como “uniforme de campaña”, “saco de dormir y vivac”, “camisas”, “prendas térmicas”, “calcetines”...

Licitación de 2025 a 2029

Confidencial Digital reveló en diciembre de 2023 que el Mando de Apoyo Logístico y la Dirección de Asuntos Económicos del Ejército de Tierra estaban preparando la documentación de una licitación de “Contrato plurianual de fabricación y distribución mediante el sistema personalizado, vía internet, pedidos extraordinarios o bien sistema tradicional de artículos correspondientes al equipo básico, equipo de combate, uniformidad de conductores y uniformidad de trabajo”.

Este contrato vendría a reemplazar a otra licitación similar, un contrato plurianual de suministro de prendas de uniforme y artículos del equipamiento de los militares del Ejército de Tierra.

Abarcaría los años 2025, 2026 y 2027, y contemplaría prórrogas para los años 2028 y 2029.

Informe de la Sección de Vestuario

Según pudo conocer entonces ECD, esa licitación millonaria se estaba preparando de forma que no estaría dividida en lotes.

El coronel jefe de la Sección de Carburante, Ganado, Alimentación, Equipamiento y Vestuario, de la Subdirección de Suministros y Servicios, a su vez dependiente de la Dirección de Adquisiciones del Mando de Apoyo Logístico del Ejército de Tierra, firmó el 29 de junio de 2023 un informe justificativo de la decisión de no dividir en lotes ese contrato del Ejército de Tierra.

En licitaciones públicas sobre artículos de uniformidad, es habitual que el contrato se divida en lotes: por ejemplo, un lote por cada prenda, o por varias prendas similares agrupadas. Es lo que han hecho en los últimos años la Armada, la Policía Nacional, la Guardia Civil...

 

De esta forma, una empresa tiene la opción de presentar oferta sólo a un lote concreto, o a varios, sin necesidad de tener que optar a todo un contrato de decenas de millones de euros y artículos de muy distinto tipo.

Los “riesgos” de dividir en lotes

El coronel que firmó ese informe defendió que “sin duda en el contrato de suministro de fabricación y distribución del equipo básico, atendiendo a su comprobada eficiencia, inmediatez y servicio personalizado, concurren las circunstancias que permiten excluir la procedencia de su división en lotes”.

Argumentó que la división de esta licitación de 90 millones de euros en varios lotes implicaría, en términos de la Ley de Contratos del Sector Público de 2017, un “riesgo para la correcta ejecución del contrato atendiendo a la naturaleza de su objeto”.

Era así, a su juicio, porque “difícilmente podría alcanzarse el grado de eficiencia que requieren las Fuerzas Armadas si tuvieran que coordinarse distintos contratistas”, ya que la adjudicación de cada lote daría lugar a un contrato distinto, aunque todos se hubieran adjudicado a través de un único procedimiento de licitación.

Se necesitaría una coordinación horizontal, entre los fabricantes de los distintos productos, y vertical, con la empresa que se encargara de la logística para distribuir y entregar esos productos a las unidades del Ejército de Tierra.

A lo largo de varias páginas del informe justificativo, el coronel comparó los efectos de tramitar este contrato con un lote único, o con varios lotes. Por ejemplo, destacó que en un solo lote “la gestión y riesgo” del stock es responsabilidad del adjudicatario, es decir, de la empresa o de la unión temporal de empresas que gane el concurso.

Sin embargo, si se dividía en lotes por productos, y hay además un lote adicional de gestión y logística, a la empresa que ganara ese último lote “no se podría exigir que asuma el riesgo de la gestión del stock”, porque del total del presupuesto del contrato apenas recibiría el 9% y no sería proporcionada la responsabilidad a la contraprestación económica.

También alertó que si hay varias empresas adjudicatarias en distintos lotes, si una de ellas incumple el suministro, “no hay capacidad de respuesta inmediata”, mientras que en una unión temporal de empresas que asuma el lote único, si una de las participantes falla al suministrar un producto, puede hacerlo otra: “La responsabilidad es compartida y los riesgos disminuyen”.

Además, en caso de incidencia o mala gestión en un lote, hay que delimitar las diferentes responsabilidades, y el fallo en un lote puede perjudicar al resto. A eso se suma la obligación de multiplicar el trabajo de vigilancia y control de la administración sobre las diferentes empresas adjudicatarias.

El informe firmado por un coronel defendía también que la división en lotes supondría “un mayor coste para la administración y una menor eficiencia”.

Uniformes, botas, boinas...

Todos esos argumentos que utilizó el coronel jefe de la Sección de Carburante, Ganado, Alimentación, Equipamiento y Vestuario, de la Subdirección de Suministros y Servicios, a su vez dependiente de la Dirección de Adquisiciones del Mando de Apoyo Logístico del Ejército de Tierra, quedaron en nada, como se ha visto.

Finalmente, el Ejército de Tierra ha lanzado la licitación dividida en 20 lotes, que son los siguientes:

1.- Operador logístico: presupuesto base de licitación con impuestos, 14.875.800,88 euros.

2.- Uniformidad de campaña (23.256.765,05 euros).

3.- Prenda exterior de campaña (32.382.797,98 euros).

4.- Artículos complementarios campaña (7.879.026,39 euros).

5.- Gafas de protección (2.823.095,8 euros).

6.- Sacos de dormir y vivac (10.753.112,9 euros).

7 - Uniformidad de trabajo (1.671.108,06 euros).

8.- Camisas (3.303.607,44 euros).

9.- Prendas térmicas (8.250.742,46 euros).

10.- Camisetas (6.971.953,41 euros).

11.- Calcetines (3.324.565,9 euros).

12.- Ropa interior (1.888.168,34 euros).

13.- Guantes (2.316.412,06 euros).

14.- Zapatos (1.839.535,19 euros).

15.- Botas de campaña (17.137.181,6 euros).

16.- Zapatillas (7.513.228,8 euros).

17.- Artículos de viaje (5.089.439,83 euros).

18.- Albornoz y toallas (2.742.871,57 euros).

19.- Ropa de deporte (7.849.031,97 euros).

20.- Boinas (1.765.364,15 euros).

Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

¿Qué ha pasado entre junio de 2023, cuando el Ejército de Tierra aprobó un informe justificando que no se dividiera en lotes el próximo contrato plurianual de uniformes y artículos del equipo de sus militares, y julio de 2024, cuando se ha lanzado el anuncio previo con la licitación dividida en 20 lotes?

Confidencial Digital ha consultado un informe sobre este asunto que emitió el 4 de marzo de 2024 la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), informe que aprobó con el título “Informe sobre el contrato para la fabricación y distribución mediante el sistema personalizado vía internet, pedidos extraordinarios, o bien sistema tradicional de artículos correspondientes al equipo básico, equipo de combate y uniformidad de trabajo en el ámbito del Ministerio de Defensa”.

La Sala de Competencia de la CNMC emitió su informe, a solicitud de la Dirección de Asuntos Económicos del Ejército de Tierra “sobre la documentación preparatoria del contrato para la fabricación y distribución mediante el sistema personalizado vía internet, pedidos extraordinarios, o bien sistema tradicional de artículos correspondientes al equipo básico, equipo de combate y uniformidad de trabajo”.

Esa solicitud llegó a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia el 10 de noviembre de 2023, “en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la CNMC”.

El Corte Inglés, FECSA, Iturri...

El Ejército de Tierra envió a la CNMC los borradores del Pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP), del Pliego de prescripciones técnicas (PPT), un informe justificativo de la necesidad de la licitación, una memoria económica, una memoria justificativa del procedimiento y de los criterios de adjudicación y ese informe justificativo sobre la no división en lotes del contrato que reveló ECD.

Explicó el Ejército de Tierra que “los artículos incluidos en el contrato son los necesarios para el personal del Ejército de Tierra, según establece la Norma General 03/19 “Vestuario y Equipo Personal” para el ejercicio de sus funciones”.

Resulta que “estas prendas son las utilizadas reglamentariamente tanto en territorio nacional como en el extranjero en operaciones de mantenimiento de la paz. A su vez, por ser el Ejército de Tierra, unidad que ejerce de líder en vestuario en nuestras Fuerzas Armadas, atenderá a través de dicho contrato a las necesidades de la Armada, Ejército del Aire, Unidades del Órgano Central y personal de los Cuerpos Comunes. También será aplicable al personal que se incorpora por primera vez a los Centros de Formación y Academias”.

El contrato proyecto pretendía sustituir al entonces vigente de objeto similar (expediente de contratación 6004 18 00005 00).

El Ejército de Tierra admitió que a esa anterior licitación “solo se presentó la UTE que resultó adjudicataria, sin que se produjera baja económica ni reducción de plazo de entrega. Dicha UTE está formada por ocho empresas: El Corte Ingles SA, Fabrica Española de Confecciones SA [FESCA], Iturri SA, Yuma SA, Manufacturas Aura SA, Calzados plásticos Españoles SA, Lorpeland SL y Ghan logística gestión y consultoría SA”.

Según recogió la CNMC en los “Antecedentes” de su informe, “este tipo de contrato centralizado de suministro (en adelante, contrato de suministro de vestuario), se viene celebrando al menos desde 2016 con un único lote. A juicio del Ejército de Tierra este diseño es eficaz para responder a las necesidades de vestuario de su personal”.

El nuevo contrato, que Tierra pretendía lanzar sin dividirlo en lotes, englobaba 91 artículos del equipo de vestuario de los militares.

Sospechas de prácticas anticompetitivas

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia valoró positivamente tanto que el Ejército de Tierra le hubiera solicitado el informe, “como el hecho que este contrato de suministro de vestuario sea objeto de la planificación anual del Ministerio de Defensa (Plan anual de contratación centralizada), así como que se haya optado por la utilización del procedimiento abierto, por ser el que menos restricciones a la concurrencia introduce a priori”.

Y lo valoró especialmente “dada la relevancia de la licitación proyectada por el Ejército de Tierra, tanto por su elevada cuantía (valor estimado de 138.842.975,21 euros, presupuesto base de licitación de 74.380.165,29 euros, IVA no incluido), alcance (extensión a otros ámbitos del Ministerio de Defensa), duración (3 años y 2 de posible prórroga), así como por los antecedentes de inspecciones en el marco de la normativa de defensa de la competencia por sospechas de prácticas anticompetitivas en el mercado de la fabricación y comercialización de prendas de uniforme, vestuario profesional y equipamiento”.

En llamada ‘Operación Grappa’, la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional detuvo en octubre de 2017 a 14 personas, que eran agentes o funcionarios) de la Dirección General de la Policía y de la Dirección General de Tráfico. Se les acusaba de amañar contratos públicos, para favorecer a determinadas empresas privadas en la adjudicación, a cambio de recibir beneficios económicos.

Desde 2017, la investigación ha ido creciendo. El diario ABC reveló en marzo de este 2023 que el Juzgado de Instrucción número 50 de Madrid había citado a declarar como investigadas a doce empresas, entre ellas El Corte Inglés, por presuntos amaños de contratos de la Guardia Civil.

Fuera del ámbito judicial, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) anunció en 2019 que estaba investigando un presunto cártel en el sector de las prendas de uniforme y el vestuario profesional. El diario Cinco Días publicó que una de las empresas investigadas en este expediente era El Corte Inglés.

“Nula concurrencia y competencia en precios”

Tras los elogios en el informe, comenzaban los reproches de la CNMC a los responsables del Ejército de Tierra que diseñaron esta licitación.

“Si bien el Ejército de Tierra ha aportado documentación justificativa del procedimiento, una memoria económica (valor estimado, presupuesto base de licitación) y otra memoria sobre la no división en lotes del contrato”, se puede leer en el informe, “lo cierto es que de la misma no puede extraerse información suficiente sobre el mercado (oferta) y las necesidades estimadas (demanda), que permita valorar si las decisiones sobre el diseño del contrato de vestuario analizado (ej. requisitos de solvencia, criterios de adjudicación, condiciones especiales, duración, etc.) son favorecedoras de la concurrencia e incentivadoras de una competencia”.

Echó también en falta que el Ejército de Tierra hubiera aportado “un ejercicio de evaluación ex post del contrato vigente y de otras licitaciones precedentes”, teniendo en cuenta sobre todo que “la licitación del contrato vigente y la anterior solo contaron con un participante (en ambos casos en forma de UTE [unión temporal de empresas]) y sin baja económica”.

Frente a esa ausencia de una evaluación del Ejército de Tierra, la CNMC llegó a sus propias conclusiones sobre la anterior licitación: “Destaca la nula concurrencia y competencia en precios en la última licitación del Ejército de Tierra, frente a los niveles de participación y bajas económicas alcanzadas en otros contratos de objeto similar, incluso en los que han participado algunas de las actuales integrantes de la vigente UTE adjudicataria del contrato de vestuario del Ejército de Tierra”.

“Sería conveniente optar por la división en lotes”

Uno de los puntos del informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia se centró en la “Desagregación en lotes”.

En el caso de estudio, “el órgano de contratación [la Junta de Contratación del Ejército de Tierra] opta por mantener el diseño en un único lote, amparándose, a grandes rasgos, en la experiencia positiva acumulada, la garantía de continuidad de suministro y la estabilidad del servicio, así como la existencia de un ahorro económico para la Administración”.

“Sin perjuicio del esfuerzo del órgano de contratación por destacar las cuestiones que a su juicio ampararían un modelo de único lote”, señaló la CNMC, que pese a ese esfuerzo consideró “que sería conveniente su replanteamiento y optar por la división en lotes por las razones que se desarrollan a continuación”.

Recordó que la Ley de Contratos del Sector Público obliga a los órganos de contratación a justificar en el expediente las razones en las que se ampara para optar por no dividir el objeto del contrato en lotes, tal y como pretendía hacer el Ejército de Tierra, y defendió en aquel informe.

La CNMC entendió que el Ejército de Tierra “ha expuesto sus motivos por los que considera que la división en lotes implicaría dificultades para la ejecución del contrato, especialmente por las necesidades de coordinación entre distintos operadores (fabricantes de las prendas de vestuario y los operadores logísticos para su distribución)”.

De nuevo, esas razones no convencieron a Competencia: “A juicio de esta Comisión, estos argumentos no son suficientes para fundamentar un diseño de lote único, que ha demostrado no fomentar la concurrencia y la competencia entre empresas del sector, así como no incentivar ganancias de eficiencia en la gestión de los fondos públicos comprometidos”.

Contratos similares de Armada, Guardia Civil, Policía...

Tuvo en cuenta que “atendiendo al objeto y naturaleza del contrato analizado, el mismo aglutina prestaciones (suministro de una gran variedad de artículos textiles y de calzado y la prestación de servicios de distribución) que son susceptibles de ejecución separada mediante la división en lotes”.

Para Competencia, eso se demuestra “con la experiencia de otros órganos de contratación que han optado por dividir en lotes contratos de objeto similar para suplir las necesidades de vestuario y uniformes de su personal”, y citó a la Guardia Civil, la Policía Nacional y la Armada.

Lo más llamativo es que el informe de Competencia valoró también otra licitación del Ejército de Tierra: un contrato de la Jefatura de Asuntos Económicos del Mando de Apoyo Logístico para la adquisición de prendas de uniformes tradicionales de la Legión y la Brigada Paracaidista”.

Era un contrato con un valor estimado de 1.313.680 euros, cuyas prendas se iban a entregar en tres acuartelamientos distintos. En esa ocasión, el Mando de Apoyo Logístico del Ejército de Tierra dividió la licitación en ocho lotes, por prendas.

“De este análisis comparado se extraen diferentes diseños que se caracterizan por dividir tantos lotes como prendas o accesorios se licitan”, destacó la CNMC: “En algunos casos se incluye la entrega y distribución a almacenes del órgano de contratación o a otros destinos. En otros supuestos se ha optado por licitar por separado el suministro y la distribución”.

También hubo organismos que prefirieron “celebrar contratos de vestuario específicos en función del perfil de los usuarios (por ejemplo, alumnos de nuevo ingreso) o por tipo de uniforme”.

A favor de varios adjudicatarios

La Sala de Competencia de la CNMC analizó en detalle todos los argumentos a favor de la no división en lotes que recogió el coronel jefe de la Sección de Carburante, Ganado, Alimentación, Equipamiento y Vestuario del Ejército de Tierra en su informe de junio de 2023.

A cada motivo que alegó ese coronel, la comisión contraargumentó.

Por ejemplo, el Ejército de Tierra había esgrimido “problemas de coordinación ante la pérdida del interlocutor único”, si en vez de adjudicar todo el contrato millonario en un único lote, lo dividía en varios.

“No puede perderse de vista que la presencia de distintos adjudicatarios ante prestaciones que requieren cierto acoplamiento requiere un mayor esfuerzo en las labores de coordinación”, admitió la CNMC, pero remachó que “la figura del interlocutor único no debe considerarse como un elemento imprescindible para la correcta ejecución del contrato, cuya coordinación puede igualmente realizarse por los distintos adjudicatarios”.

Buena parte de los argumentos utilizados por Tierra insistían en ideas similares: si el contrato se adjudicaba a una pluralidad de empresas, en distintos lotes, se producirían descoordinaciones, problemas de control, pérdidas de eficiencia...

Por ejemplo, defendió Tierra el “riesgo de garantía de suministro y gestión del stock” en caso de repartir el contrato en distintos lotes, mientras que “si hay un único adjudicatario, hay una mayor capacidad de respuesta ante posibles incidencias en el suministro”.

“Esta afirmación es cuestionable”, consideró la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, “si en una UTE cada empresa participante está especializada en un tipo de suministro ya que, si sufre cualquier problema en la fabricación y entrega, la capacidad de respuesta del resto de socios también puede verse limitada”.

Así que concluyó que “la buena ejecución del contrato no se pone en riesgo por el hecho de que convivan distintos adjudicatarios, por ejemplo, por razón de la especialización por cada suministro, a los que se les aplicará igualmente un régimen de responsabilidades y penalidades en caso de incumplimiento”.

Incentivar la participación de más empresas

La CNMC dijo compartir con el Ejército de Tierra “la preocupación por asegurar la correcta ejecución del contrato”.

Pero teniendo en cuenta todas las puntualizaciones de Competencia a los argumentos a favor de no dividir en lotes, recomendó “que el órgano de contratación se replantee el diseño del contrato y la conveniencia de dividir en lotes ya que la correcta ejecución del contrato puede alcanzarse a través de otras opciones de diseño que no han sido rigurosamente exploradas por el órgano de contratación, tomando en consideración variables clave como el mercado afectado, los potenciales niveles de concurrencia y los resultados en términos de eficiencia alcanzados por otras administraciones que han licitado prestaciones similares”.

Destacó la posibilidad de prevenir el riesgo de prácticas anticompetitivas “a través de un diseño de los procedimientos de contratación que incentive la máxima participación de potenciales licitadores”.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia recordó en varios puntos de su informe “que el comportamiento de varias empresas del sector” textil, y más especialmente el dedicado a la fabricación y suministro de uniformes para las administraciones públicas, “fue investigado por la CNMC por sospechas de prácticas anticompetitivas”.

“Puede ocultar acuerdos anticompetitivos”

El Ejército de Tierra había defendido las ventajas de las uniones temporales de empresas (UTE), como la que había ganado el anterior contrato.

Pero la comisión advirtió que “el modelo de único lote implantado conduce, como reconoce el propio órgano de contratación, a la formación de UTEs para poder hacer frente a todo el contrato (suministro del total de 91 artículos y el servicio de logística y entrega de los pedidos)”.

“El órgano de contratación ha defendido la figura de la UTE como eficaz para la correcta ejecución del contrato”, si bien Competencia subrayó que “hasta la fecha, se ha experimentado una nula concurrencia en los procesos de licitación de este ámbito, a pesar de que en el mercado potencialmente existen oferentes capacitados para realizar las prestaciones demandas. Ni siquiera hubo concurrencia entre distintas UTEs”.

Por todo ello, insistió en el informe en que el Ejército de Tierra explorara “distintas opciones de diseño de lotes: por actividades económicas, por artículos demandados, por zonas de destino, por perfil de los peticionarios, por tipo de pedido, etc.”.

Recomendó además “que esa desagregación se realice en lotes de distinto tamaño y que no se corresponda con el potencial número de licitadores, en cuanto son medidas recomendadas para reducir el riesgo de colusión”.

La sensibilidad de la CNMC con este sector está a flor de piel, y por eso señaló que “si bien la formación de una UTE puede hacer posible que empresas que no tienen la dimensión o solvencia necesarias puedan participar en una determinada licitación al unirse con otras empresas temporalmente, también pueden ocultar acuerdos anticompetitivos”.

Por eso recomendó “mantener especial sensibilidad a la hora de licitar este tipo de contratos que conducen a la agrupación de empresas en UTE”, y además analizar los acuerdos de UTE “en función de las características de las empresas que lo forman y del contexto en el que se producen”.

La comisión se mostró muy suspicaz por cómo el Ejército de Tierra había elaborado los pliegos de este contrato: “Si bien de la literalidad de los pliegos no hay obstáculo formal aparente para que las licitadoras se presenten de manera individualizada, se observa que en ocasiones en los pliegos se hace referencia literal a las licitadoras adjudicatarias como UTE”.

“De hecho, en la memoria justificativa de la no división en lotes se defiende la preferencia de la UTE para gestionar este tipo de contratos. De acuerdo con el principio de igualdad de trato, debe producirse un replanteamiento de esta predisposición del órgano de contratación para no discriminar entre los potenciales licitadores”, fue otra de las advertencias de la CNMC a la Junta de Contratación del Ejército de Tierra sobre el “Contrato plurianual de fabricación y distribución mediante el sistema personalizado, vía internet, pedidos extraordinarios o bien sistema tradicional de artículos correspondientes al equipo básico, equipo de combate, uniformidad de conductores y uniformidad de trabajo”.

Excluía a “la inmensa mayoría de las pymes”

Más allá de la división en lotes, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia hizo otras “recomendaciones” al Ejército de Tierra, en aspectos sobre esa licitación que no veía del todo claros.

Uno de los puntos del informe de la CNMC trató sobre los criterios de solvencia técnica y profesional, que se exigen a las empresas para poder presentarse a una licitación pública.

En este contrato de equipamiento y uniformidad para el Ejército de Tierra “se exige relación de los principales suministros efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato (17.355.371,90 €). Los suministros deben haberse realizado en colectivos no inferiores a 15.000 usuarios”.

En primer lugar, determinó la comisión que “si bien atendiendo al número de posibles peticionarios incluido en el PCAP [Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares] supera el límite de los 15.000 impuesto, sería recomendable justificar dicho umbral”.

En segundo lugar, dejó constancia de otra acusación velada, en el sentido de que el concurso del Ejército de Tierra dificultaba la competencia: “Teniendo en cuenta los datos de cifra de negocios media anteriores, la inmensa mayoría de las Pymes del sector no cumplirían con el umbral fijado. Incluso, la facturación media de las empresas medianas entre 50 y 249 empleados (unos 14 millones de euros) se situarían por debajo de la solvencia requerida”.

Otra barrera a que las empresas textiles presentaran ofertas estaba en los certificados de gestión medioambiental y de calidad: se exigían unos certificados concretos “sin que se prevea la posibilidad de presentar otros de medios de prueba alternativos que acrediten el mismo nivel de garantía de gestión medioambiental y calidad exigidos, de conformidad con los artículos 93.2 y 94.2 de la LCSP”.

También introdujo una puntualización en los criterios de adjudicación: “Si bien se indica que el conjunto de estos criterios se valorará atendiendo al Manual de procedimiento anexado al PCAP, se recomienda detallar en mayor medida los aspectos a valorar en el propio PCAP con el fin de garantizar que las ofertas sean evaluadas con plenas garantías de objetividad y pleno respeto de los principios de igualdad de trato, no discriminación, transparencia, no confiriendo al órgano de contratación una libertad de decisión ilimitada”.

Ojo a las UTEs

La Sala de Competencia de la CNMC terminó su informe con diez conclusiones y recomendaciones.

Sobre la “desagregación en lotes para asegurar la concurrencia, la competencia y la eficiencia en la asignación de los fondos públicos”, resumió su análisis en que “si bien la CNMC comparte la preocupación del órgano de contratación por asegurar la correcta ejecución del contrato, teniendo en cuenta la naturaleza del contrato, el análisis de mercado realizado por esta Comisión y los principios rectores de la contratación pública se recomienda dividir en lotes el objeto del contrato. Igualmente, se aconseja prestar especial cautela a la figura de las UTEs desde la óptica de la normativa de defensa de la competencia”.

Además, aconsejó recurrir “a otras técnicas como los sistemas dinámicos de adquisición: teniendo en cuenta la naturaleza del contrato y el mercado potencialmente afectado, la utilización de esta herramienta podría servir para aumentar la competencia y la participación de proveedores, especialmente Pymes”.

Entre otras recomendaciones, también pidió al Ejército de Tierra que incluyera en los pliegos, para que estuviera a disposición de los licitaciones, “la información relativa al potencial consumo por artículos y sus correspondientes destinatarios”, que “es esencial teniendo en cuenta la naturaleza del contrato analizado”.

La CNMC recomendó “que dicha información se facilite a todos los licitadores con el objeto de no otorgar a la actual UTE adjudicataria una posición de ventaja competitiva en la licitación”.

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