Suspendido un teniente coronel de Tierra por sustraer piezas de helicópteros

El Tribunal Militar Central le condenó por llevarse elementos de un Chinook en la base de las FAMET en Colmenar Viejo (Madrid)

Helicóptero Chinook de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra (Foto: Jesús Hellín / Europa Press).
Helicóptero Chinook de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra (Foto: Jesús Hellín / Europa Press).
  1. Delito contra el patrimonio militar
  2. Denuncia de la jefa del batallón
  3. Se presentó ante la Guardia Civil y confesó
  4. El fiscal pidió dos años y medio de cárcel
  5. No se probó que se llevara otras piezas
  6. Para qué se iba a usar el helicóptero
  7. Metopas de recuerdo para las despedidas
  8. Se consideraba “historia viva de la unidad”
  9. Doble perjuicio
  10. No se pudo concretar el valor económico
  11. Sentencia firme
Helicóptero Chinook de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra (Foto: Marta Fernández / Europa Press).
Helicóptero Chinook de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra (Foto: Marta Fernández / Europa Press).

“El teniente coronel (INF) […] pasa a la situación de suspensión de empleo por un período de un año, considerándose de abono el tiempo que el citado personal estuvo en la situación de suspensión de funciones por el mismo procedimiento”.

El director general de Personal del Ministerio de Defensa, Miguel Hernández Turiño, firmó el 14 de agosto una resolución que apareció en el Boletín Oficial del Ministerio de Defensa este miércoles 21 de agosto.

Aprobó la suspensión de empleo en virtud de una sentencia del Tribunal Militar Central, que fue firme por decreto del Tribunal Supremo, y de un acuerdo de la ministra de Defensa, adoptado por delegación por el Jefe de Estado Mayor del Ejército (JEME).

La resolución surte efectos administrativos y económicos a partir del jueves 22 de agosto.

Confidencial Digital ha podido comprobar que la resolución ha sido muy comentada entre militares. No es habitual que se dicte una suspensión de empleo, por una condena penal, a un teniente coronel.

En este caso, además, el nombre del teniente coronel suspendido ha llamado también la atención, ya que sobre él se escribieron reportajes relatando algún episodio especialmente destacado de su paso por la misión en Afganistán.

Delito contra el patrimonio militar

ECD ha consultado la sentencia que ha provocado la suspensión de empleo del teniente coronel.

El Tribunal Militar Central le condenó en noviembre a un año de prisión, con las accesorias de suspensión de empleo e inhabilitación especial para el ejercicio de derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por un delito contra el patrimonio en el ámbito militar del artículo 82.2 del Código Penal Militar, en su modalidad de hurto agravado del artículo 235.5ª del Código Penal.

Los hechos por los que fue condenado tuvieron lugar en la base ‘Coronel Maté’, en Colmenar Viejo (Madrid), donde se ubican el cuartel general y otras unidades de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra (FAMET), la unidad de helicópteros.

 

El teniente coronel era por entonces comandante, y era el jefe de la Plana Mayor del Batallón de Helicópteros de Transporte V (BHELTRA V), que dispone de helicópteros Chinook.

Denuncia de la jefa del batallón

La jefa del BHELTRA V era la teniente coronel Margarita Pardo de Santayana, ahora conocida porque, ya destinada en el Cuarto Militar de la Casa del Rey, acompaña a la princesa Leonor en su formación en las academias de oficiales de las Fuerzas Armadas.

Esta oficial se presentó en febrero de 2020 ante el puesto de la Guardia Civil de Colmenar Viejo para denunciar la sustracción de unos equipos de uno de los helicópteros Chinook de la unidad.

El personal de la unidad había detectado la desaparición de una serie de elementos de un helicóptero Chinook.

La Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Comandancia de la Guardia Civil en Madrid comunicó los hechos al Juzgado Togado Militar Territorial número 11.

Los agentes realizaron una inspección en la base militar, en el lugar de los hechos, para recoger indicios. Con los restos orgánicos y huellas dactilares hallados, acabaron identificando al posteriormente condenado.

Se presentó ante la Guardia Civil y confesó

Pero antes él mismo había confesado. La teniente coronel jefa del batallón prestó declaración ante la Guardia Civil en marzo, y un día después, se presentó ante los agentes el comandante jefe de la Plana Mayor, es decir, una de las personas de mayor confianza de la teniente coronel.

El comandante confesó haber sido el autor de la sustracción de elementos del Chinook. Además, entregó las piezas que se había llevado: “Panel luces stick, panel antihielo, panel generadores y panel anticolisión, este último con los cables cortados”, según la sentencia.

Un informe del teniente jefe de control de producción del Batallón de Helicópteros de Transporte V recogió una lista mucho más larga de elementos que se detectó que habían desaparecido: linterna de planos copiloto, dos puños de cíclico, master caution, control display unit (HIDE), panel de sobrecabeza, panel de control de calefacción y limpiaparabrisas... y así otra decena de paneles.

Ese mismo teniente emitió un informe que cifró el valor venal de los componentes desaparecidos en 139.193,22 dólares en Estados Unidos.

El fiscal pidió dos años y medio de cárcel

El entonces comandante negó haberse llevado esas otras piezas, y sugirió que habría entrado otra persona a sustraer esos elementos.

Resulta que durante la investigación interna en la unidad, antes de denunciarlo ante la Guardia Civil, el comandante había maniobrado para hacerse con las imágenes de las cámaras de seguridad, que le habían grabado en el momento de acercarse al helicóptero y llevarse las piezas.

Durante el proceso judicial, el fiscal jurídico militar solicitó una pena de dos años y seis meses de cárcel para el autoinculpado, como autor de un delito contra el patrimonio en el ámbito militar en su modalidad del artículo 82.3 del Código Penal Militar, porque consideró que los componentes sustraídos eran material de guerra.

Además, solicitó que le hicieran pagar 95.247,80 euros en concepto de responsabilidad civil.

La defensa del oficial alegó que los cuatro componentes que reconoció haberse llevado los quería utilizar simplemente como elementos ornamentales, por ejemplo como recuerdo para los militares que dejaban la unidad.

También argumentó que el helicóptero estaba en proceso de baja y en desguace, que las piezas no podían considerarse material de guerra y que su valor era de cero euros.

No se probó que se llevara otras piezas

El Tribunal Militar Central consideró probado que el jefe de la Plana Mayor había cortado con alicates y se había llevado las cuatro piezas que luego devolvió.

Pese a los indicios, no pudo probar que hubiera participado en el robo del resto del material: “No resulta imposible que dos personas compinchadas pudiesen haber accedido después del comandante, sin que fuesen grabadas”.

El relato de hechos probados señaló que el comandante jefe de la Plana Mayor aprovechó que la mayoría de miembros del batallón estaba realizando una carrera deportiva para pedirle a un sargento que le dejara coger las llaves de un helicóptero.

Accedió al Chinook, y de la carlinga desmontó los cuatro elementos citados que sí reconoció haberse llevado. Los guardó en la bolsa de su casco de vuelo, y se los llevó a su coche particular, en el aparcamiento de la base.

Días después, distintos militares fueron detectando que faltaban ciertas piezas del helicóptero, que estaba en proceso de baja y desmontaje. Pese a ello, se dieron cuenta de que se habían retirado ciertas piezas.

Un subteniente dio aviso a la teniente coronel jefa, y comenzó la investigación interna. Como se ha indicado, el comandante maniobró para encargarse él de las imágenes de las cámaras de seguridad, que le podían inculpar. Visionó las imágenes y las descargó.

Al día siguiente, se detectó otra ausencia: alguien había quitado los equipos de grabación, incluso había cortado los cables.

Para qué se iba a usar el helicóptero

Buena parte del debate jurídico sobre el delito cometido se centró en si el helicóptero y las piezas eran o no material de guerra, ya que sustraer elementos catalogados como tal tiene una mayor pena, según el Código Penal Militar.

“La aeronave se encontraba sumida en pleno proceso de baja en la unidad al menos, a la espera de ser puesta a disposición del Parque y Centro de Mantenimiento de Helicópteros, que tramitaría su baja definitiva en el inventario del Ejército”, indica la sentencia.

La aeronave “iba a ser transformada en la versión F del Chinook, conservándose únicamente de la D las palas, rotores y turbinas, que serían enviadas a la fábrica de la empresa Boeing en Filadelfia, Estado federado de Pennsylvania de los Estados Unidos de América”.

Según el tribunal, “no consta el estado y destino final que debía darse los componentes y subconjuntos de la aeronave, ni a los de las restantes que iban aser transformadas, pero la unidad pretendía quedarse con las piezas de algunos de los helicópteros, como repuesto de los tres de la versión D que se conservarían, entendiéndose que los demás se desguazarían o dejarían de lado o se utilizarían para fines ornamentales, como había sucedido en otras ocasiones”.

Los elementos de aviónica aprovechables para otras aeronaves ya se habían retirado antes del día 14.

“Lo único que se requería del helicóptero todavía en vida era un último arranque para mejor conservación del motor”, se lee en la sentencia, “una especie de arranque en seco, sobre el que tampoco se dieron muchas explicaciones, pero que en cualquier caso no implicaba movimiento de la aeronave, ni mucho menos implicaba vuelo, que ya había sido descartado. Que aunque dicho paso era necesario para obtener el beneplácito del inspector, y que la contribución las piezas desaparecidas eran imprescindible para ello, finalmente el inspector dio su visto bueno al proceso de baja o traspaso al Parque en aquellas condiciones”.

Pero al mismo tiempo la teniente coronel jefa del batallón aseguró que el Chinook ‘jubilado’ “se iba a utilizar como plataforma de instrucción, a lo que se tuvo que renunciar por la falta de las piezas”.

Y a la vez declaró que si el entonces comandante le hubiera pedido las piezas para el uso particular que pretendía, no habría titubeado en concedérselo, con la única limitación de que esperase diez días”.

Metopas de recuerdo para las despedidas

El tribunal apreció ánimo de lucro en el entonces comandante, ahora teniente coronel, porque el proceso reconoció que los elementos que se llevó del helicóptero, cortando los cables con unos alicates, los iba a utilizar para hacer metopas que regalaría a militares que dejaban la unidad por cambios de destino.

Es decir, que “los iba a utilizar para satisfacer necesidades ajenas al servicio, asumidas personalmente por él mismo”, algo que “le proporcionaba una satisfacción en sus intereses personales, al encargarse, según manifiesta, de preparar dichos obsequios. Se ahorraba así el gasto y molestia de buscarlos y comprarlos en el libre mercado, en su provecho y en el de cuantos fuesen a participar en las despedidas”.

Se consideraba “historia viva de la unidad”

Los miembros del Tribunal Militar Central percibieron varios puntos agravatorios en la conducta del comandante. Uno de ellos fue “la ruptura directa de la especial confianza que la teniente coronel jefa del batallón profesaba hacia su jefe de plana mayor”.

Pero además es que “ese daño moral causado a su jefa, en cuanto tal, más allá de lo atinente a la persona, repercute directamente en el quehacer del militar al mando de una unidad”: en ese caso, “donde existía fiabilidad, cohesión y confianza, surge ahora la desconfianza, la desazón y la inseguridad”.

En la sentencia se recoge el argumento del tribunal de que el entonces comandante “era bien consciente de su prestigio y caudillaje en la unidad. Llegó a definirse a sí mismo como historia viva de la unidad. Por ello mismo era perfectamente consciente de la repercusión de sus actos y del notable deber de ejemplaridad que implícitamente había aceptado por su historial como militar señero”.

Durante el juicio, el oficial expresó varias veces su arrepentimiento por su actuación en los hechos.

Doble perjuicio

Después de un largo debate sobre el coste, los daños, los perjuicios que la sustracción de los elementos supuso para el helicóptero Chinook, y por extensión el Batallón de Helicópteros de Transporte V, el tribunal concluyó que “al desaparecer las piezas se produjeron dos efectos adversos”.

El primero consistió en que “se puso en peligro la última inspección del helicóptero, ya que las piezas eran necesarias para el último arranque, bien que finalmente el inspector dio su visto bueno para el pase a la siguiente fase, sin realizar tal prueba. Se nos escapan las razones técnicas, pero el riego fue ocasionado, al menos en parte, por la acción del procesado”.

El segundo efecto adverso repercutió en los planes de dedicar el helicóptero “a funciones de instrucción para la formación en cursos y similares”, cabe entender que de alguna forma complementaria, o con piezas distintas, frente a lo que se utilizó para la reconversión del helicóptero de la versión D a la F del Chinook, que se acometió en Estados Unidos: ambos destinos se mencionaron en el procedimiento.

Sobre el destino como elemento de instrucción, “al desaparecer el instrumental, hubo de renunciarse a ello. Y aunque no consta el destino final que se dio a la aeronave, se colige que no se obtuvo mayor rendimiento de ella. Lógicamente otra de las aeronaves en igual estado pasó a cubrir su lugar, pero esto no era lo previsto por el propietario, que tenía todo el derecho del mundo a disponer de sus bienes conforme a su libre albedrío, sin verse perturbado por la acción antijurídica de terceros. En la parte que le toca al comandante, produjo un perjuicio de especial consideración”.

No se pudo concretar el valor económico

Lo que no pudo determinarse fue el valor de los elementos sustraídos, ni del daño causado.

El tribunal vio contradicciones entre informes y declaraciones de miembros del batallón: “Pasamos de un valor venal, es decir de compraventa, de mercado, prácticamente igual que el de adquisición hace más de 30 años, lo que es difícilmente concebible, a otro de imposible obtención, para concluir en que el valor de utilidad para el Ejército era cuasi nulo y que no se pensaba dar utilidad alguna a las piezas. Con tales mimbres resulta tarea ardua por demás concebir cuál sea el valor real de estas propiedades del Estado”.

Finalmente concluyó que “con el material de que disponemos no es posible llevar a adjudicar un valor crematístico, ni siquiera aproximado a las cosas sustraídas”.

Lo que sí declaró con seguridad es que el helicóptero “ya no tenía la consideración de material de guerra, armamento o sistema de armas. En realidad, porque ya no tenía la consideración de helicóptero o aeronave”.

Eso condujo a no imponerle una pena tan alta como solicitaron las acusaciones: fue un año de cárcel y suspensión, mientras que el fiscal y el abogado del Estado pedían dos años y medio.

Además, en la sentencia se indicó que “no es de exigir cantidad alguna en concepto de responsabilidad civil. Los componentes sustraídos por el procesado fueron devueltos por el mismo en el estado en que en principio se encontraban en el momento de la comisión del delito, sin que se haya apreciado menoscabo o deterioro en ellos, por lo que no se constata la causación de daño patrimonial al Estado español”.

Sentencia firme

Una vez que la sentencia, dictada en noviembre de 2023, fue firme -se entiende que porque el oficial no la recurrió-, se puso en marcha para aplicarle la pena de suspensión de funciones por un año.

Esa parte de la sentencia es la que se ha empezado a aplicar con la resolución publicada ya en el Boletín Oficial del Ministerio de Defensa, de suspensión de funciones por un año a este teniente coronel del Ejército de Tierra.

Helicóptero Chinook de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra (Foto: Jesús Hellín / Europa Press).
Helicóptero Chinook de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra (Foto: Jesús Hellín / Europa Press).

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