El Supremo avala que un padre eche a su exmujer y su hijo discapacitado de la vivienda

Tras el divorcio, la casa se la había quedado la madre, pero pactaron que fuera hasta liquidar el patrimonio que se conservara. Ahora el padre reclama venderla

  1. La casa estaba pendiente de entrar en subasta
  2. En dos años pierde la vivienda
  3. La posesión de la vivienda no es ilimitada
  4. Abandonar la casa 15 días antes de la venta
Archivo - Divorcio. (Foto: Cottonbro Studio / Pexels)
Archivo - Divorcio. (Foto: Cottonbro Studio / Pexels)

El Tribunal Supremo ha fallado en favor de un padre que quiso echar a su exmujer y a su hijo de 32 años con discapacidad del hogar en el que habían estado viviendo porque el acuerdo del divorcio no establecía que pudieran alojarse en la casa de manera ilimitada, sino hasta que liquidaran todo el patrimonio que hubieran generado.

En una sentencia consultada por Confidencial Digital, los magistrados de la Sala de lo Civil del alto tribunal han acordado que la madre y el hijo deben abandonar la casa 15 días antes de su subasta o venta.

La casa estaba pendiente de entrar en subasta

La pareja se divorció en marzo de 2014, cuando los dos hijos ya eran ambos mayores de edad. Acordaron que la vivienda familiar se la iba a quedar la madre, que iba a vivir con uno de los hijos diagnosticado con discapacidad y al que el padre debía pagar una pensión alimenticia de 350 euros al mes. Además, pactaron liquidar todo el patrimonio que adquirieron durante el matrimonio.

El mayor problema, según indica la sentencia, fue la vivienda. Un perito judicial tasó su valor en casi 150.000 euros, que se lo iban a partir a partes iguales entre la madre y el padre, y el asunto quedó resuelto en un auto de 2018 que estableció que la casa estaba pendiente de convocatoria de subasta.

En dos años pierde la vivienda

Al no cumplir con el pacto, el padre presentó una demanda ante un juzgado de primera instancia de Picassent (Valencia) para reclamar la extinción o supresión del derecho de uso sobre la vivienda familiar a su mujer, así como sus enseres y mobiliario, en el momento en el que encontraran un comparador.

El juez estimó parcialmente la petición por entender que el pacto del divorcio no fijaba que la exmujer pudiera disfrutar de la vivienda con su hijo por un tiempo ilimitado, pues no hubo ninguna especificación al respecto. Declaró que a los dos años, la mujer ya no tendría la posesión de la casa y a la vez aumentó al padre la pensión de alimentos en favor del hijo con discapacidad funcional hasta los 550 euros mensuales (200 euros de más). 

La posesión de la vivienda no es ilimitada

Ambas partes recurrieron el dictamen a la Audiencia Provincial de Valencia, que dio la razón a la madre. La Sala entendió que si perdía la posesión de la casa, el hijo con discapacidad “quedaría privado del uso de la vivienda” y que no sería una medida que “vela y protege el interés más necesitado de protección”.

Sin embargo, el Supremo ha echado para atrás esta decisión, argumentando lo contrario. La Sala, acorde a lo que dijo el titular del juzgado de primera instancia, ha afirmado que la posesión de la vivienda familiar es limitada, aunque haya un hijo con discapacidad.

“De no ser así, una adjudicación ilimitada en el tiempo implicaría una suerte de expropiación forzosa de un indiscutible valor económico del que se vería privado el titular exclusivo o cotitular de la precitada vivienda, que conforma un bien de trascendente importancia económica en la mayoría de las ocasiones, además, el del mayor valor de la sociedad económica conyugal”, ha conlcuido.

 

Abandonar la casa 15 días antes de la venta

El Supremo destaca que el padre aportó unas ofertas de venta de la casa que permitirían a su exmujer adquirir otro hogar en la misma localidad con el dinero que le correspondería

Por estos motivos, los magistrados han acordado que abandonen la vivienda 15 días antes de la subasta o la venta de la casa, pues “no tiene sentido que la vivienda se encuentre sin utilidad hasta que proceda a su enajenación”. Asimismo, ha fallado que el padre deberá dar 200 euros mensuales más al hijo con discapacidad por la pensión alimenticia, tal y como estableció la sentencia del juzgado.

Divorcio.
Divorcio.

 

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