El TC rechaza suspender de forma cautelar el voto delegado de Puigdemont en el Parlament

Sí admite a trámite el recurso de amparo presentado por diputados autonómicos del PP contra la decisión de la Mesa de aceptar el sufragio a distancia del ex presidente de la Generalitat

El presidente del Parlament de Cataluña, Josep Rull.
El presidente del Parlament de Cataluña, Josep Rull.

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado suspender de forma cautelar el acuerdo de la Mesa de Edad del Parlament catalán por el que se aceptó el voto delegado tanto del expresident Carles Puigdemont como del exconsejero Lluís Puig --diputados electos-- para la elección de los órganos de la Cámara, el presidente y miembros de la Mesa.

Así lo avanzan fuentes del tribunal de garantías a Europa Press, que añaden que esta decisión se adopta con el voto en contra de los magistrados conservadores Enrique Arnaldo y Concepción Espejel, y en el marco de la admisión a trámite el recurso de amparo parlamentario presentado por varios diputados del PP de Cataluña contra esa decisión de la Mesa del Parlament.

Cabe recordar que el tribunal en su último Pleno anuló el voto telemático de Puig al estimar un recurso de amparo de los diputados de Socialistes i Units per Avançar en el Parlament de Cataluña en la anterior legislatura.

Los magistrados concluyeron que no podía ser tenida como "circunstancia constitucionalmente válida" para el voto telemático el hecho de que se encuentre "voluntariamente" fuera del país porque "ha decidido eludir la acción de la jurisdicción penal española". Y recordaron, además, que sobre Puig "pesa una orden judicial de busca y captura".

El Constitucional, a su vez, apuntó que el acuerdo de la Mesa del Parlament en cuestión fue "instrumental con la finalidad exclusiva de intentar dar una apariencia de cobertura normativa a la habilitación del voto telemático al sr. Puig i Gordi para eludir pronunciamientos previos de este tribunal, pero sin una real vocación de generalidad".

 

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